Art. 4
En vigor desde 25 mar 2010
1. La titularidad de la sede electrónica de la AEPD corresponde a la AEPD.
2. El órgano encargado tanto de la gestión de la sede electrónica como de los servicios disponibles para los ciudadanos en esta sede es la Secretaría General de la AEPD.
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Proeli/es/res/2010/03/18/(2)#art-4