Art. Tercero

En vigor desde 23 jul 2025
Corresponde a la empresa solicitar el cambio temporal de uso y su anotación en el registro de buques, para lo cual acreditará su objeto social y condición de gestor mediante la presentación del contrato de gestión naval. La solicitud se presentará a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: Embarcaciones de recreo—Sede Electrónica. (https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/registro-buques/embarcaciones-recreo). La autorización del cambio temporal de uso privado a comercial anotado en hoja de asiento tendrá validez en el periodo de duración del contrato de gestión naval y mientras no cambien las circunstancias que dieron lugar a este, con el límite de cinco años. Transcurrido este período se deberá presentar una nueva solicitud.
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eli/es/res/2025/07/17/(1)#tercero

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