Art. Tercero

En vigor desde 18 nov 2011
En el supuesto de que la contestación a alguna de las preguntas del test aprobado por esta resolución sea afirmativa, el operador de juego no podrá incrementar el importe de los depósitos ni suprimir el límite que tenga establecido para la cuenta de depósito del participante interesado. Asimismo, este último no podrá solicitar nuevamente un aumento o la desaparición de los límites referidos hasta que no hayan transcurrido siete días contados desde la realización del citado test.
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eli/es/res/2011/11/16/(7)#tercero

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