Art. Quinto

En vigor desde 31 dic 2016
1. El ejercicio de competencias delegadas en virtud de la presente Resolución se ajustará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 2. Cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas establecidas en la presente Resolución deberán hacer expresa constancia de tal circunstancia mediante la mención de esta Resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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eli/es/res/2016/12/14/(2)#quinto

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