Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Apartado tercero
En vigor desde 22 jul 2014
Por la policía actuante se levantará acta (en el modelo que consta como Anexo I del presente Protocolo) en la que se hará constar:
1. Las circunstancias de localización del menor.
2. Las alegaciones del adulto en las que afirma tener un vínculo biológico paterno-materno filial con el menor.
3. El contenido y resultado de la entrevista realizada.
4. El ofrecimiento al adulto de poder someterse voluntariamente a la prueba de ADN como medio de acreditar la existencia del vínculo biológico paterno-materno filial.
5. La información completa al adulto sobre la prueba de ADN que se le solicita, los efectos de sus resultados y las consecuencias que se derivarían de su negativa a someterse a ellas.
6. Constancia de la autorización o de la negativa del adulto y motivos alegados.
7. Puesta en conocimiento y remisión de copia del acta al Ministerio Fiscal.
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Proeli/es/res/2014/10/13/(2)#apartado-tercero-3