Art. Octavo
En vigor desde 15 mar 2011
En todas las resoluciones que se dicten, en virtud de la delegación de atribuciones reguladas en la presente Resolución, debe hacerse constar expresamente, tal circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
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Proeli/es/res/2011/03/01/(1)#octavo