Art. 2
Definiciones
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se aplicarán las definiciones siguientes:
a)
«operador de pesaje autorizado»: operador responsable del pesaje de los productos de la pesca a que se refiere el artículo 60, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009;
b)
«cajas normalizadas»: dos o más recipientes de tipo, capacidad, tamaño y, en su caso, embalaje uniformes, que contienen productos de la pesca de una sola especie, con la misma presentación y procedentes de la misma zona geográfica pertinente;
c)
«contenedores normalizados»: dos o más unidades de tipo, capacidad y tamaño uniformes, que contienen productos de la pesca sin clasificar, con la misma presentación y procedentes de la misma zona geográfica pertinente;
d)
«palés normalizados»: dos o más palés de tipo y tamaño uniformes, cargados con un número predefinido y uniforme de cajas normalizadas con un embalaje idéntico;
e)
«embalaje»: artículo utilizado para contener, proteger, manipular, distribuir o presentar cajas normalizadas, que puede diferenciarse por formato de envasado según su función, material y diseño, incluidos el cartón, el plástico y el material para flejar;
f)
«unidad de transporte»: todo vehículo que pueda transportar cisternas, cajas o contenedores, utilizado para el transporte de productos de la pesca;
g)
«instalación de pesaje»: instalación equipada para pesar productos de la pesca, incluido el pesaje de muestras;
h)
«presentación»: la forma en que el pescado es transformado a bordo del buque pesquero y antes de su desembarque, como se describe en el cuadro 1 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2196 de la Comisión (5);
i)
«Estado miembro de desembarque»: el Estado miembro ribereño en el que se desembarcan los productos de la pesca, incluso cuando se descargan en una unidad de transporte;
j)
«Estado miembro de pesaje»: el Estado miembro en el que se pesan los productos de la pesca.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Procelex:32026R1932#art-2