Art. 35

Derogación del Reglamento (CE) n.o 648/2004

En vigor desde 11 feb 2026
Artículo 35 Derogación del Reglamento (CE) n.o 648/2004 Queda derogado el Reglamento (CE) n.o 648/2004 con efectos a partir del 23 de septiembre de 2029. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo VIII.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2026:405:oj#art-35

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil