Art. 11
Prohibición de exportación
En vigor desde 16 dic 2025
Artículo 11
Prohibición de exportación
Se prohibirá la exportación de productos fabricados o comercializados al amparo de una licencia obligatoria de la Unión.
El presente artículo se entiende sin perjuicio del Reglamento (CE) n.o 816/2006.
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