Art. 51
Presentación de informes y control
En vigor desde 16 dic 2025
Artículo 51
Presentación de informes y control
1. Una SEAP elaborará un informe anual de actividades que contenga una descripción técnica y un informe financiero de sus actividades, a que se refiere el artículo 40. Se enviará a la Comisión en un plazo de seis meses a partir del fin del ejercicio. La Comisión distribuirá el informe a todos los Estados miembros.
2. La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe anual agregado sobre las actividades de todas las SEAP activas.
3. La Comisión podrá formular recomendaciones a la SEAP sobre los asuntos tratados en el informe anual de actividades a que se refiere el apartado 1.
4. La SEAP y los Estados miembros afectados informarán a la Comisión de toda circunstancia que pueda perjudicar gravemente la realización del cometido de la SEAP u obstaculizar su capacidad de cumplimiento de las condiciones fijadas en el presente Reglamento.
5. En caso de que la Comisión tenga indicios de que una SEAP está incumpliendo gravemente las disposiciones del presente Reglamento, el acto de ejecución por el que se establece, sus estatutos u otra disposición jurídica aplicable, pedirá explicaciones a la SEAP o a sus miembros.
6. En caso de que, después de haber concedido a la SEAP o sus miembros un plazo de al menos dos meses para la presentación de sus observaciones, la Comisión llegue a la conclusión de que la SEAP está incumpliendo gravemente las disposiciones del presente Reglamento, el acto de ejecución por el que se establece, sus estatutos u otra disposición jurídica aplicable, podrá proponer medidas correctoras a la SEAP y sus miembros.
7. Cuando no se adopten las medidas correctoras a que se refiere el apartado 6 del presente artículo, la Comisión podrá derogar el acto de ejecución por el que se establece la SEAP. El acto derogatorio se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea. La publicación del acto de derogación dará lugar a la liquidación de la SEAP como se contempla en el artículo 50.
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