Art. 2

Acceso a la información relativa a 2026

En vigor desde 10 dic 2025
Artículo 2 Acceso a la información relativa a 2026 1.   Las plataformas de subastas a que se refiere el artículo 1, apartado 3, facilitarán a la Comisión toda la información necesaria para calcular el precio de los certificados MAFC de conformidad con el artículo 1 al cierre del período de subasta de cada subasta que gestionen. 2.   La Comisión tendrá acceso inmediato, directo y gratuito a la información a que se refiere el apartado 1.
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