Art. 6
Atribución de emisiones a mercancías
En vigor desde 10 dic 2025
Artículo 6
Atribución de emisiones a mercancías
Las emisiones implícitas específicas de las mercancías se determinarán atribuyendo las emisiones directas y, en su caso, indirectas de los procesos de producción a las mercancías específicas de conformidad con el anexo III.
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