Art. 13

Tratamiento de datos personales por la Comisión

En vigor desde 4 dic 2024
Artículo 13 Tratamiento de datos personales por la Comisión 1.   La Comisión será un responsable del tratamiento en el sentido del artículo 3, punto 8), del Reglamento (UE) 2018/1725 con respecto al tratamiento de datos personales de los usuarios del sistema de información, en particular el tratamiento de datos personales al registrar usuarios del sistema de información en dicho sistema. 2.   Cuando la Comisión trate datos personales en el funcionamiento del sistema de información en nombre de otros agentes del sistema de información con el fin de intercambiar información en virtud del artículo 27 del Reglamento (UE) 2023/1115, se considerará un encargado del tratamiento en el sentido del artículo 3, punto 12), del Reglamento (UE) 2018/1725. 3.   La Comisión será un encargado del tratamiento en el sentido del artículo 3, punto 12), del Reglamento (UE) 2018/1725 para el tratamiento de datos personales llevado a cabo para las investigaciones conjuntas con arreglo al artículo 21 del Reglamento (UE) 2023/1115 llevadas a cabo en el contexto de la aplicación y el control del cumplimiento con arreglo al Reglamento (UE) 2023/1115.
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