Art. 22

Soluciones informáticas, plantillas de información e instrucciones para la presentación de información

En vigor desde 29 nov 2024
Artículo 22 Soluciones informáticas, plantillas de información e instrucciones para la presentación de información 1.   La ABE velará por que las soluciones informáticas, incluidas las plantillas de información y las instrucciones para la presentación de información, desarrolladas de conformidad con el artículo 430, apartado 7, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 se ajusten en todo momento a los formatos uniformes de comunicación de información establecidos en el presente Reglamento y por que incluyan todos los puntos de datos y la información recogidos en el anexo I del presente Reglamento. 2.   La ABE ofrecerá en su sitio web las soluciones informáticas, las plantillas de información y las instrucciones para la presentación de información a que se refiere el apartado 1. La ABE mantendrá dichas soluciones informáticas actualizadas y disponibles en todas las lenguas oficiales.
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