Art. 51

Ayuda de otros organismos

En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 51 Ayuda de otros organismos La Comisión podrá solicitar la ayuda de otros organismos para el desempeño de las tareas que le incumben en virtud del presente Reglamento, en particular la ayuda de Eurocontrol en el marco del Acuerdo entre la Unión y Eurocontrol por el que se establece un marco general para el refuerzo de la cooperación.
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