Art. 51
Ayuda de otros organismos
En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 51
Ayuda de otros organismos
La Comisión podrá solicitar la ayuda de otros organismos para el desempeño de las tareas que le incumben en virtud del presente Reglamento, en particular la ayuda de Eurocontrol en el marco del Acuerdo entre la Unión y Eurocontrol por el que se establece un marco general para el refuerzo de la cooperación.
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