Art. 4

Métodos de pago

En vigor desde 2 may 2024
Artículo 4 Métodos de pago 1.   El proveedor de servicios de pago garantizará que los nacionales de terceros países puedan utilizar múltiples métodos de pago electrónico de uso internacional común para pagar la tasa de autorización de viaje SEIAV. 2.   El proveedor de servicios de pago aceptará métodos de pago con los que se pueda hacer una liquidación inmediata o garantizar la ejecución del pago. Serán de aplicación a dichos métodos de pago la Directiva (UE) 2015/2366 y el Reglamento Delegado (UE) 2018/389. 3.   Se informará a todos los solicitantes de manera clara e inequívoca sobre los métodos de pago aceptados.
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