Art. 7
Solicitud de notificación
En vigor desde 23 ene 2024
Artículo 7
Solicitud de notificación
1. Los organismos de evaluación de la conformidad presentarán una solicitud de notificación a la autoridad notificante del Estado miembro en el que estén establecidos.
2. La solicitud de notificación irá acompañada de lo siguiente:
a)
una descripción de las actividades de evaluación de la conformidad;
b)
una descripción de los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos en el artículo 2 para los que el organismo de evaluación de la conformidad se considere competente;
c)
certificados de acreditación expedidos por organismos nacionales de acreditación que atestigüen que el organismo de evaluación de la conformidad cumple los requisitos establecidos en el artículo 5 y que sus filiales o subcontratistas cumplen los requisitos establecidos en el artículo 6.
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