Art. 7 · Solicitud de notificación

Art. 7

Solicitud de notificación

En vigor desde 23 ene 2024
Artículo 7 Solicitud de notificación 1.   Los organismos de evaluación de la conformidad presentarán una solicitud de notificación a la autoridad notificante del Estado miembro en el que estén establecidos. 2.   La solicitud de notificación irá acompañada de lo siguiente: a) una descripción de las actividades de evaluación de la conformidad; b) una descripción de los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos en el artículo 2 para los que el organismo de evaluación de la conformidad se considere competente; c) certificados de acreditación expedidos por organismos nacionales de acreditación que atestigüen que el organismo de evaluación de la conformidad cumple los requisitos establecidos en el artículo 5 y que sus filiales o subcontratistas cumplen los requisitos establecidos en el artículo 6.
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