Art. 4

En vigor desde 10 ago 2023
Artículo 4 El Reglamento (UE) n.o 1301/2014 se modifica como sigue: 1) el párrafo del artículo 6 se sustituye por el texto siguiente: «Se aplica lo dispuesto en el artículo 7, apartado 2, de la Directiva (UE) 2016/797.»; 2) el artículo 9 se modifica como sigue: 1) en los apartados 1 y 3, la referencia al «artículo 20 de la Directiva 2008/57/CE» se sustituye por la referencia al «artículo 18 de la Directiva (UE) 2016/797»; 2) en el apartado 2, la referencia al «artículo 29 de la Directiva 2008/57/CE» se sustituye por la referencia al «artículo 51 de la Directiva (UE) 2016/797»; 3) el anexo se modifica de conformidad con el anexo IV del presente Reglamento.
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