Art. 3

Excepción temporal al artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 relativa a la «cosecha en verde»

En vigor desde 22 jun 2023
Artículo 3 Excepción temporal al artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 relativa a la «cosecha en verde» No obstante lo dispuesto en el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, en el ejercicio de 2023 se entenderá por «cosecha en verde» la destrucción o eliminación total de racimos de uvas cuando todavía están inmaduros en toda la explotación o en parte de ella, a condición de que la cosecha en verde se realice en parcelas enteras.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2023:1225:oj#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil