Art. 3
Excepción temporal al artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 relativa a la «cosecha en verde»
En vigor desde 22 jun 2023
Artículo 3
Excepción temporal al artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 relativa a la «cosecha en verde»
No obstante lo dispuesto en el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, en el ejercicio de 2023 se entenderá por «cosecha en verde» la destrucción o eliminación total de racimos de uvas cuando todavía están inmaduros en toda la explotación o en parte de ella, a condición de que la cosecha en verde se realice en parcelas enteras.
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