Art. 4
Prohibición general de la pesca dirigida al atún rojo del sur
En vigor desde 15 mar 2023
Artículo 4
Prohibición general de la pesca dirigida al atún rojo del sur
Estará prohibida la pesca dirigida al atún rojo del sur por los buques pesqueros de la Unión. Todo atún rojo del sur mantenido a bordo de un buque pesquero de la Unión se contabilizará exclusivamente como captura accesoria.
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