Art. 10

DCP biodegradables y que impidan el enredo

En vigor desde 23 nov 2022
Artículo 10 DCP biodegradables y que impidan el enredo 1.   Para la construcción de DCP, los buques pesqueros de la Unión utilizarán diseños y materiales que impidan el enredo, y garantizará que la estructura superficial del DCP no esté cubierta o solo esté cubierta con un material sin mallas. Si se utiliza un componente subsuperficial, este no se fabricará con redes, sino con materiales sin mallas, como cuerdas o lona. 2.   Los buques pesqueros de la Unión procurarán llevar a cabo la transición al uso de DCP biodegradables en toda circunstancia, excepto en el caso de los materiales utilizados para las boyas instrumentadas. 3.   A fin de facilitar la transición al uso exclusivo de materiales biodegradables para la construcción de DCP de deriva por parte de sus flotas, los operadores procurarán realizar pruebas con materiales biodegradables.
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