Art. 8
Mensajes relativos al final de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales
En vigor desde 5 jul 2022
Artículo 8
Mensajes relativos al final de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales
La notificación de recepción, presentada de conformidad con el artículo 24, apartado 1, y el artículo 37, apartado 1, de la Directiva (UE) 2020/262, y la notificación de exportación, tal como se establece en el artículo 25 de dicha Directiva, deberán cumplir los requisitos establecidos en el cuadro 6 del anexo I del presente Reglamento.
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