Art. 8 · Mensajes relativos al final de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales

Art. 8

Mensajes relativos al final de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales

En vigor desde 5 jul 2022
Artículo 8 Mensajes relativos al final de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales La notificación de recepción, presentada de conformidad con el artículo 24, apartado 1, y el artículo 37, apartado 1, de la Directiva (UE) 2020/262, y la notificación de exportación, tal como se establece en el artículo 25 de dicha Directiva, deberán cumplir los requisitos establecidos en el cuadro 6 del anexo I del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2022:1636:oj#art-8