Art. 4

Organización y estructura administrativas

En vigor desde 17 jun 2022
Artículo 4 Organización y estructura administrativas 1.   Los laboratorios de referencia de la UE designarán al menos a una persona de su dirección como responsable general de la realización de las tareas establecidas en el artículo 100, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/746. 2.   Los laboratorios de referencia de la UE dispondrán de personal administrativo suficiente para prestar el apoyo administrativo que sea preciso a efectos de realizar las tareas establecidas en el artículo 100, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/746, en relación con el volumen de dichas tareas. 3.   Los laboratorios de referencia de la UE crearán y mantendrán actualizada documentación que recoja lo siguiente: a) pruebas de su condición de entidad jurídica; b) cuando formen parte de una organización más amplia, una descripción de las actividades de esta organización, su estructura organizativa y su gobernanza; c) cuando estén controlados, directa o indirectamente, por otras entidades, la identidad de dichas entidades y su posición de control; d) una descripción de su estructura organizativa interna con responsabilidades y líneas jerárquicas claramente asignadas; e) una descripción de sus procedimientos de funcionamiento, incluida la gestión y el desempeño de las tareas, la gestión del personal, un plan de sustitución del personal, así como el registro de la documentación y la correspondencia con entidades externas; f) una declaración de que no se les aplica ninguna de las situaciones de exclusión establecidas en el artículo 136 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046; g) justificantes de sus fuentes de financiación y de su viabilidad económica sin la ayuda financiera de la Unión; h) registros detallados del cálculo de los costes y de las tasas correspondientes cobradas por cada tarea que deban realizar; i) un resumen anual de las tareas realizadas. Los laboratorios de referencia de la UE pondrán a disposición de la Comisión, previa solicitud, la documentación contemplada en el párrafo primero.
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