Art. 57

Objetivos adicionales de la Empresa Común para una Aviación Limpia

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 57 Objetivos adicionales de la Empresa Común para una Aviación Limpia 1.   Además de los objetivos indicados en los artículos 4 y 5, la Empresa Común para una Aviación Limpia tendrá los siguientes objetivos generales: a) contribuir a reducir la huella ecológica de la aviación acelerando el desarrollo de tecnologías aeronáuticas climáticamente neutras para su despliegue lo antes posible, contribuyendo así significativamente a la consecución de los objetivos generales del Pacto Verde Europeo, en particular en relación con el objetivo de reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero a escala de la Unión de como mínimo el 55 % de aquí a 2030 en comparación con los niveles de 1990, y a una trayectoria para alcanzar la neutralidad climática a más tardar en 2050; b) hacer que las actividades de investigación e innovación relacionadas con la aeronáutica, con particular atención a las iniciativas tecnológicas de vanguardia, contribuyan a la competitividad sostenible a escala mundial de la industria de la aviación de la Unión, y que las tecnologías aeronáuticas climáticamente neutras cumplan los requisitos pertinentes en materia de seguridad física y operacional de la aviación y que la aviación siga siendo un medio seguro, fiable, rentable y eficiente de transporte de pasajeros y mercancías; c) impulsar la capacidad europea de investigación e innovación en el ámbito de la aviación. 2.   La Empresa Común para una Aviación Limpia tendrá también los siguientes objetivos específicos: a) integrar y demostrar innovaciones tecnológicas disruptivas en las aeronaves, capaces de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en no menos de un 30 % de aquí a 2030, en comparación con la tecnología más avanzada de 2020, allanando el terreno hacia una aviación climáticamente neutra de aquí a 2050; b) garantizar que la madurez tecnológica de las innovaciones y su posible madurez industrial puedan apoyar el lanzamiento de nuevos productos y servicios disruptivos de aquí a 2035, con el objetivo de sustituir el 75 % de la flota operativa de aquí a 2050 y desarrollar un sistema europeo de aviación innovador, fiable, seguro y rentable capaz de cumplir el objetivo de neutralidad climática a más tardar en 2050; c) ampliar y fomentar la integración de las cadenas de valor de la investigación y las innovaciones en el ámbito de la aviación climáticamente neutra, incluidos el mundo académico, las organizaciones de investigación, la industria y las pymes, también aprovechando las sinergias con otros programas nacionales y europeos relacionados y apoyando la adquisición de competencias relacionadas con la industria en toda la cadena de valor.
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