Art. 3
Modificaciones del Reglamento (UE) 2018/1862
En vigor desde 7 jul 2021
Artículo 3
Modificaciones del Reglamento (UE) 2018/1862
El Reglamento (UE) 2018/1862 se modifica como sigue:
1)
Se inserta el artículo siguiente:
«Artículo 18 bis
Conservación de registros a efectos de interoperabilidad con el VIS
Los registros de cada operación de tratamiento de datos realizada en el SIS y el VIS con arreglo al artículo 50 bis del presente Reglamento se conservarán de conformidad con el artículo 18 del presente Reglamento y el artículo 34 del Reglamento (CE) n.o 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (*6).
(*6) Reglamento (CE) n.o 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre el Sistema de Información de Visados (VIS) y el intercambio de información entre los Estados miembros sobre visados para estancias de corta duración, visados para estancias de larga duración y permisos de residencia (Reglamento VIS) (DO L 218 de 13.8.2008, p. 60).»."
2)
En el artículo 44, apartado 1, se añade la letra siguiente:
«g)
verificar manualmente las respuestas positivas activadas por las consultas automatizadas del VIS y evaluar si el solicitante de un visado, un visado para estancia de larga duración o un permiso de residencia podría representar una amenaza para el orden público o la seguridad pública, de conformidad con los artículos 9 quinquies y 9 octies o el artículo 22 ter, del Reglamento (CE) n.o 767/2008.».
3)
Se inserta el artículo siguiente:
«Artículo 50 bis
Interoperabilidad con el VIS
A partir de la fecha de la entrada en funcionamiento del VIS de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2021/1134 del Parlamento Europeo y del Consejo (*7), el sistema central del SIS se conectará al PEB para permitir el tratamiento automatizado con arreglo a los artículos 9 bis y 22 ter del Reglamento (CE) n.o 767/2008.
(*7) Reglamento (UE) 2021/1134 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 767/2008, (CE) n.o 810/2009, (UE) 2016/399, (UE) 2017/2226, (UE) 2018/1240, (UE) 2018/1860, (UE) 2018/1861, (UE) 2019/817 y (UE) 2019/1896 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se derogan las Decisiones 2004/512/CE y 2008/633/JAI del Consejo, a fin de reformar el Sistema de Información de Visados (DO L 248 de 2.7.2021, p. 11).»."
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2021:1133:oj#art-3