Art. 12
Procedimiento de evaluación
En vigor desde 15 sept 2020
Artículo 12
Procedimiento de evaluación
1. Tras verificar los criterios de admisibilidad, la Comisión evaluará las propuestas que se hayan presentado conforme al procedimiento establecido en el artículo 200 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
2. Las subvenciones se concederán, en primer lugar, a la solicitud que ofrezca el precio más bajo y, a continuación, por orden, del precio más bajo al más alto, a menos que se apliquen otros criterios de adjudicación en virtud del artículo 21.
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