Art. 21

Periodo de presentación de solicitudes de certificados

En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 21 Periodo de presentación de solicitudes de certificados A partir de la fecha en que se aplique el derecho de importación nulo mencionado en el artículo 21 del Reglamento Delegado (UE) 2020/760, podrán presentarse ante las autoridades competentes de España y de Portugal, entre el 7.o y el 11.o día de cada mes, a más tardar a las 13.00 h. (hora de Bruselas), las solicitudes de certificados de importación para los contingentes arancelarios de maíz y sorgo a que se hace referencia en el artículo 185 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.
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