Art. 19
Normas de calidad
En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 19
Normas de calidad
Las normas de calidad y las tolerancias aplicables al trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta del código NC 1001 99 00 serán las que figuran en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 642/2010 de la Comisión (20). Se aplicarán los métodos de análisis que figuran en el anexo I, parte II, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión (21).
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