Art. 13

Tareas de certificación con carácter excepcional

En vigor desde 16 dic 2019
Artículo 13 Tareas de certificación con carácter excepcional Se aplicará un ajuste excepcional a la tasa percibida con el fin de compensar íntegramente los costes en que incurra la Agencia para una determinada tarea de certificación, cuando la ejecución de dicha tarea requiera destinar a tal fin categorías o número de efectivos que la Agencia normalmente no destinaría en sus procedimientos habituales.
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