Art. 13 · Tareas de certificación con carácter excepcional

Art. 13

Tareas de certificación con carácter excepcional

En vigor desde 16 dic 2019
Artículo 13 Tareas de certificación con carácter excepcional Se aplicará un ajuste excepcional a la tasa percibida con el fin de compensar íntegramente los costes en que incurra la Agencia para una determinada tarea de certificación, cuando la ejecución de dicha tarea requiera destinar a tal fin categorías o número de efectivos que la Agencia normalmente no destinaría en sus procedimientos habituales.
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