Art. 12
Requisitos para la concesión de la autorización a los puestos de control
En vigor desde 28 jun 2019
Artículo 12
Requisitos para la concesión de la autorización a los puestos de control
Cuando la autoridad competente conceda autorizaciones a puestos de control, se asegurará de que dichos puestos de control cumplan los requisitos establecidos en la parte 6 del anexo I del presente Reglamento que figuran a continuación:
a)
en el punto 1, en relación con el aislamiento y otras medidas de bioprotección;
b)
en el punto 2, respecto a las instalaciones y el equipo.
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