Art. 24
Consulta entre las autoridades aduaneras que utilizan el sistema IAVE central
En vigor desde 21 jun 2019
Artículo 24
Consulta entre las autoridades aduaneras que utilizan el sistema IAVE central
Una autoridad aduanera de un Estado miembro utilizará el sistema IAVE central a fin de consultar a una autoridad aduanera de otro Estado miembro para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2019:1026:oj#art-24