Art. 24 · Consulta entre las autoridades aduaneras que utilizan el sistema IAVE central

Art. 24

Consulta entre las autoridades aduaneras que utilizan el sistema IAVE central

En vigor desde 21 jun 2019
Artículo 24 Consulta entre las autoridades aduaneras que utilizan el sistema IAVE central Una autoridad aduanera de un Estado miembro utilizará el sistema IAVE central a fin de consultar a una autoridad aduanera de otro Estado miembro para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.
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