Art. 23
Sistema IAVE central
En vigor desde 21 jun 2019
Artículo 23
Sistema IAVE central
1. Las autoridades aduaneras utilizarán el sistema IAVE central para procesar, intercambiar y almacenar información relativa a solicitudes y decisiones IAV y a cualquier hecho posterior que pueda afectar a la solicitud o decisión inicial a fin de verificar si se cumplen los requisitos para aceptar una solicitud y para tomar una decisión.
2. Las autoridades aduaneras utilizarán el sistema IAVE central a efectos de lo dispuesto en el artículo 16, apartado 4, el artículo 17 y el artículo 21, apartado 2, letra b), y apartado 5, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.
3. El sistema IAVE central interactuará con el portal de la UE para los operadores económicos, y con los sistemas IAV nacionales, si estos han sido creados.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2019:1026:oj#art-23