Art. 23 · Sistema IAVE central

Art. 23

Sistema IAVE central

En vigor desde 21 jun 2019
Artículo 23 Sistema IAVE central 1.   Las autoridades aduaneras utilizarán el sistema IAVE central para procesar, intercambiar y almacenar información relativa a solicitudes y decisiones IAV y a cualquier hecho posterior que pueda afectar a la solicitud o decisión inicial a fin de verificar si se cumplen los requisitos para aceptar una solicitud y para tomar una decisión. 2.   Las autoridades aduaneras utilizarán el sistema IAVE central a efectos de lo dispuesto en el artículo 16, apartado 4, el artículo 17 y el artículo 21, apartado 2, letra b), y apartado 5, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447. 3.   El sistema IAVE central interactuará con el portal de la UE para los operadores económicos, y con los sistemas IAV nacionales, si estos han sido creados.
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