Art. 4

Requisitos aplicables a los productos

En vigor desde 5 jun 2019
Artículo 4 Requisitos aplicables a los productos 1.   Los productos fertilizantes UE deberán: a) cumplir los requisitos establecidos en el anexo I para la categoría funcional de productos pertinente; b) cumplir los requisitos establecidos en el anexo II para la categoría o las categorías pertinentes de materiales componentes, y c) estar etiquetados con arreglo a los requisitos de etiquetado establecidos en el anexo III. 2.   En relación con cualquier aspecto no contemplado en los anexos I o II, los productos fertilizantes UE no presentarán un riesgo para la salud humana, animal o vegetal, la seguridad o el medio ambiente. 3.   Antes del 16 de julio de 2020, la Comisión publicará un documento de orientación para los fabricantes y las autoridades de vigilancia del mercado que ofrezca información clara y ejemplos acerca de las características visuales de la etiqueta mencionadas en el anexo III.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2019:1009:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil