Art. 9
Medios aceptables de cumplimiento y documentación orientativa
En vigor desde 25 mar 2019
Artículo 9
Medios aceptables de cumplimiento y documentación orientativa
La Agencia podrá establecer medios aceptables de cumplimiento y documentación orientativa para la aplicación del presente Reglamento, de conformidad con el artículo 76, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1139.
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