Art. 14

Escrito de contestación

En vigor desde 13 jun 2018
Artículo 14 Escrito de contestación 1.   La Agencia deberá presentar un escrito de contestación en el plazo de un mes a partir de la fecha de notificación del recurso. 2.   En los casos en que sea aplicable la revisión provisional mencionada en el artículo 13, podrá presentarse un escrito de contestación para el apartado 2, letras c) y d). Los motivos que figuran en la letra b) servirán como escrito de contestación. 3.   El escrito de contestación contendrá los motivos e incluirá todos los documentos justificativos. 4.   En caso de que la Agencia no presentara un escrito de contestación, el procedimiento continuará sin él.
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