Art. 7

Exenciones de minimis

En vigor desde 20 oct 2017
Artículo 7 Exenciones de minimis No obstante lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, podrán ser descartadas las cantidades siguientes, en virtud de su artículo 15, apartado 4, letra c): a) en las pesquerías por buques que utilicen trasmallos y redes de enmalle (GN, GNS, GND, GNC, GTN, GTR, GEN, GNF) en la división CIEM IIIa, en la subzona CIEM IV, y en las aguas de la Unión de la división CIEM IIa: una cantidad de lenguado común que no superará el 3 % del total anual de capturas de esta especie; b) en las pesquerías por buques que utilicen redes de arrastre de vara (TBB) de tamaño de malla de 80 a 119 mm con mallas de mayor tamaño en la ampliación de la red de arrastre de vara (panel flamenco) en la subzona CIEM IV: una cantidad de lenguado común por debajo de las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación que no superará el 6 % del total anual de capturas de esta especie; c) en las pesquerías por buques que utilicen redes de arrastre de fondo (OTB, OTT, TB, TBN) de tamaño de malla de 80-99 mm en la subzona CIEM IV y las aguas de la Unión de la división CIEM IIa: una cantidad de cigala por debajo de las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación que no superará el 2 % del total anual de capturas de esta especie; d) en la pesquería de cigala por buques que utilicen redes de arrastre de fondo (OTB, TBN) con un tamaño de malla igual o superior a 70 mm, equipadas con una rejilla de selectividad por especies con una separación entre las barras de 35 mm como máximo, en la división CIEM IIIa: una cantidad combinada de lenguado común, eglefino, merlán, bacalao y carbonero por debajo de las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación que no superará el 4 % del total anual de capturas de cigala, lenguado común, eglefino, merlán y camarón boreal, bacalao y carbonero; e) en la pesquería de camarón boreal por buques que utilicen redes de arrastre de fondo (OTB) con un tamaño de malla igual o superior a 35 mm, equipadas con una rejilla de selectividad por especies con una separación entre las barras de 19 mm como máximo, con salida para los peces, en la división CIEM IIIa: una cantidad combinada de lenguado común, eglefino, merlán, bacalao, solla y carbonero por debajo de las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación que no superará el 1 % del total anual de capturas de cigala, lenguado común, eglefino, merlán, bacalao, carbonero, solla y camarón boreal; f) en la pesquería mixta de lenguado, merlán, solla y especies sin límites de captura por buques que utilicen redes de arrastre de fondo (OTB, OTT, SDN, SSC) con un tamaño de malla de 70 a 99 mm, en la división CIEM IVc: una cantidad combinada de merlán y bacalao por debajo de las tallas mínimas de conservación de referencia que no superará el 6 % del total anual de capturas de cigala, eglefino, lenguado, camarón boreal, merlán, solla, carbonero y bacalao; la cantidad máxima de bacalao que podrá descartarse se limitará a un 2 % del total anual de estas capturas; g) en las pesquerías por buques que utilicen redes de arrastre de fondo (OTB, OTT, TBN) con un tamaño de malla de 90 a 119 mm, equipadas con un panel Seltra, o con un tamaño de malla de 120 mm o más, en la división CIEM IIIa: una cantidad de merlán por debajo de las tallas mínimas de referencia para la conservación hasta un máximo del 2 % del total anual de Nephrops, bacalao, eglefino, merlán, carbonero, lenguado común, solla y merluza.
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