Art. 3

Criterios específicos por clase de activos para los paquetes de órdenes compuestos exclusivamente por derivados sobre acciones e instrumentos asimilados

En vigor desde 14 ago 2017
Artículo 3 Criterios específicos por clase de activos para los paquetes de órdenes compuestos exclusivamente por derivados sobre acciones e instrumentos asimilados Los criterios específicos por clase de activos a que se refiere el artículo 1, letra b), inciso iv), para los paquetes de órdenes compuestos exclusivamente por derivados sobre acciones e instrumentos asimilados tal como se contemplan en la sección 6 del anexo III del Reglamento Delegado (UE) 2017/583 serán los siguientes: a) que el paquete de órdenes no tenga más de dos componentes; b) que todos los componentes del paquete de órdenes pertenezcan a la misma subclase de activos, tal como se contemplan en la sección 6 del anexo III del Reglamento Delegado (UE) 2017/583; c) que todos los componentes del paquete de órdenes estén denominados en la misma moneda nocional: EUR, USD o GBP; d) que todos los componentes del paquete de órdenes tengan el mismo índice subyacente; e) que la fecha de expiración de todos los componentes del paquete de órdenes no supere los 6 meses; f) que cuando el paquete de órdenes incluya opciones, todas ellas tengan la misma fecha de expiración.
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eli:reg_del:2017:2194:oj#art-3

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