Art. 30

Corriente de cortocircuito

En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 30 Corriente de cortocircuito Cada GRT determinará: a) la corriente de cortocircuito máxima a la que se supera la capacidad nominal de los interruptores y otros equipos, y b) la corriente de cortocircuito mínima para el correcto funcionamiento de los equipos de protección.
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