Art. 30
Corriente de cortocircuito
En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 30
Corriente de cortocircuito
Cada GRT determinará:
a)
la corriente de cortocircuito máxima a la que se supera la capacidad nominal de los interruptores y otros equipos, y
b)
la corriente de cortocircuito mínima para el correcto funcionamiento de los equipos de protección.
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