Art. 13

Disposiciones generales relativas a la comunicación de los precios de mercado

En vigor desde 20 abr 2017
Artículo 13 Disposiciones generales relativas a la comunicación de los precios de mercado A efectos del establecimiento de los precios de mercado de determinadas categorías de animales, los precios de mercado se comunicarán, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1184, con respecto a: a) las canales de: i) animales de la especie bovina de ocho meses o más, ii) porcino, iii) animales de la especie bovina de menos de ocho meses, iv) ovinos de menos de 12 meses; b) animales vivos: i) terneros machos de entre ocho días y cuatro semanas, ii) bovino de engorde, iii) lechones con un peso vivo aproximado de 25 kilogramos.
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eli:reg_del:2017:1182:oj#art-13

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