Art. 94
Modelos de formularios y plantillas para la solicitud
En vigor desde 11 nov 2016
Artículo 94
Modelos de formularios y plantillas para la solicitud
1. Los DCV solicitantes presentarán las solicitudes de autorización contempladas en el artículo 54, apartado 2, letras a) y b), del Reglamento (UE) n.o 909/2014 en el formato que figura en el anexo III del presente Reglamento.
2. Los DCV solicitantes presentarán las solicitudes contempladas en el apartado 1 en un soporte duradero.
3. Los DCV solicitantes proporcionarán un número de referencia único para cada documento que presenten en las solicitudes contempladas en el apartado 1.
4. Los DCV solicitantes se asegurarán de que la información facilitada en las solicitudes contempladas en el apartado 1 indica claramente el requisito específico del presente capítulo a que se refiere la información, así como en qué documento se facilita esa información.
5. Los DCV solicitantes presentarán a su autoridad competente una lista de todos los documentos incluidos en las solicitudes contempladas en el apartado 1 junto con su número de referencia.
6. Toda la información deberá presentarse en la lengua indicada por la autoridad competente. La autoridad competente podrá pedir al DCV que presente la misma información en una lengua habitual en el campo de las finanzas internacionales.
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