Art. 23

Anotaciones en cuenta

En vigor desde 11 nov 2016
Artículo 23 Anotaciones en cuenta En la solicitud de autorización se incluirá información sobre los procesos relativos a las anotaciones en cuenta que garanticen el cumplimiento, por parte del DCV solicitante, del artículo 3 del Reglamento (UE) n.o 909/2014.
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