Art. 50
Tareas generales
En vigor desde 26 sept 2016
Artículo 50
Tareas generales
Los GRT pertinentes deberán utilizar la plataforma única de asignación al menos para los siguientes objetivos:
a)
el registro de los participantes en el mercado;
b)
la función de punto único de contacto para los participantes en el mercado;
c)
la realización de los procedimientos de subasta;
d)
la liquidación financiera de los derechos de transmisión a largo plazo asignados para los participantes en el mercado, incluida la gestión de garantías;
e)
la cooperación con un organismo de liquidación, si así lo exigen las normas comunes para la aplicación de FTR-obligaciones con arreglo al artículo 34;
f)
la organización de un procedimiento alternativo con arreglo a los artículos 42 y 46;
g)
la posibilitación de la devolución de derechos de transmisión a largo plazo con arreglo al artículo 43;
h)
la facilitación de la transferencia de derechos de transmisión a largo plazo con arreglo al artículo 44;
i)
la publicación de información del mercado con arreglo al artículo 47;
j)
la facilitación y el funcionamiento de las interfaces para el intercambio de datos con los participantes en el mercado.
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