Art. 50 · Tareas generales

Art. 50

Tareas generales

En vigor desde 26 sept 2016
Artículo 50 Tareas generales Los GRT pertinentes deberán utilizar la plataforma única de asignación al menos para los siguientes objetivos: a) el registro de los participantes en el mercado; b) la función de punto único de contacto para los participantes en el mercado; c) la realización de los procedimientos de subasta; d) la liquidación financiera de los derechos de transmisión a largo plazo asignados para los participantes en el mercado, incluida la gestión de garantías; e) la cooperación con un organismo de liquidación, si así lo exigen las normas comunes para la aplicación de FTR-obligaciones con arreglo al artículo 34; f) la organización de un procedimiento alternativo con arreglo a los artículos 42 y 46; g) la posibilitación de la devolución de derechos de transmisión a largo plazo con arreglo al artículo 43; h) la facilitación de la transferencia de derechos de transmisión a largo plazo con arreglo al artículo 44; i) la publicación de información del mercado con arreglo al artículo 47; j) la facilitación y el funcionamiento de las interfaces para el intercambio de datos con los participantes en el mercado.
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